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MEJOR TARDE QUE NUNCA: LA INCONSTITUCIONAL DEL "DECRETAZO" DE LA REFORMA LABORAL DE 2002

El Tribunal Constitucional (TC) ha sentenciado que el decreto ley del Gobierno de Aznar mediante el cual (el 25 de mayo de 2002) se tramitó una de las reformas laborales es inconstitucional y, por lo tanto, nulo porque no se puede justificar la «urgencia» con la que fue aprobado. En contra de este decreto, CCOO y UGT llevaron a cabo una importante huelga general.Aquella huelga provocó un retroceso del PP que culminó con la pérdida de las elecciones generales y durante su preparación y transcurso quedaron en evidencia las maniobras manipuladoras de Urdacin con las ridículas referencias al "sindicato ceceoo" (para evitar pronunciar el nombre de Comisiones Obreras).
Para entender eso de la inconstitucionalidad, tenemos que recordar que la atribución más característica del Poder Legislativo (Parlamento y Senado) es la facultad de elaborar leyes. El problema es que, para garantizar los requisitos democráticos, el procedimiento necesita su tiempo, y en determinadas situaciones puede hacerse necesario aprobar alguna ley con urgencia. Una herramienta a utilizar en estas situaciones es el Decreto Ley. Ahora bien, esta herramienta fue diseñada, en principio, por casos excepcionales. Pero repetidamente ha sido utilizada, en medio de argumentos "teóricos y absctractos" para situaciones que solamente tenían de excepcional la urgencia del gobierno para evitar el debate y atemorizar y aislar a aquéllos que salían perjudicados. Eso ha ocurrido especialmente en la legislación laboral. Ahora, esta mala utilización ha sido considerada inconstitucional.
El recurso fue presentado el 21 de agosto de 2002 por PSOE, IU, BNG, ICV, ERC y CHA y por la Junta de Andalucía y, contó con el apoyo del movimiento sindical.La sentencia, ha significado un fuerte correctivo contra la arrogancia que caracterizó al gobierno del PP y ha puesto de manifiesto, el poco respeta que el PP acostumbra a tener a esta constitución que tanto dice defender. Pero la técnica del decreto ley ha sido utilizada en casi todas las reformas laborales que se han llevado a cabo, incluso en las negociadas. El constitucional es muy claro y dice que el diálogo social "no puede sustituir el proceso legislativo en sí."WALTER BENJAMIN formuló en 1942 una conocida tesis según la cual "en incontables ocasiones la excepción se ha vuelto en la regla general". Eso, ciertamente nos ha ocurrido en España.El decreto ley, tiene que ser archivado para legislar sobre situación laboral. El gobierno tiene que actuar con anticipación, escuchando, negociando y legislando de manera ordinaria. La urgencia, en caso de que sea imprescindible, lo que hace, es poner de manifiesto la falta de eficiencia y de previsión de los poderes políticos.

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